LEY KARIN EN SYNCORE.
Esta página tiene como propósito poner a disposición de todas las personas que forman parte de nuestra organización, información relevante sobre los términos y alcances de la ley 21.643, conocida como Ley Karin. Asimismo, poner a disposición los canales internos e institucionales para resolver dudas, denuncias o conflictos con las temáticas de la norma.
¿Qué es la Ley Karin?
Es una ley que modificó el código del trabajo en varios aspectos, los más relevantes son:
- Modifica el concepto de acoso laboral.
- Incorpora el concepto de violencia en el trabajo.
- Dispone la obligación del empleador de contar con protocolos de prevención y procedimientos de investigación.
- Obliga a los empleadores a disponer de canales de denuncia para el tratamiento de estos temas.
- Define un procedimiento común para materias de acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo, ejercida por terceros, en la cual la Dirección del Trabajo tiene un rol relevante, sea investigando o validando la formalidad del proceso interno de la empresa.
En Syncore, desde agosto de 2024 ajustamos todos nuestros procedimientos para dar cumplimiento total y efectivo a la normativa señalada.
¿QUÉ CONDUCTAS REGULA Y SANCIONA?
La ley define los siguientes conceptos, respecto de los cuales se deberán aclarar SIEMPRE en el contexto de un proceso de investigación, sea a instancia de la empresa o de la Dirección del Trabajo:
En el análisis de este tipo de conductas se deberá siempre ponderar la perspectiva de género, la cual se entiende de forma simple como todas aquellas medidas tendientes a promover la igualdad y a erradicar la discriminación basada en relación a la condición de género de las personas involucradas en una investigación interna.
OTRAS DEFINICIONES RELEVANTES:
NO TODOS LOS CONFLICTOS LABORALES SON ACOSO O VIOLENCIA:
Es posible que dentro de la convivencia laboral existan conflictos por distintos motivos. Es importante diferenciar estas conductas de las definidas como acoso y violencia, según el contexto y alcance.
Por ejemplo NO SON ACOSO conductas legítimas de gestión de personas, como comentarios sobre desempeño laboral, asignación y programación de tareas, cambios o ajuste de funciones, medidas disciplinarias o llamados de atención por comportamiento inadecuado, instrucciones u órdenes para asegurar comportamientos dentro del marco de higiene y seguridad de las instalaciones, reestructuraciones u otros actos razonables y legales, son válidas siempre que respeten los derechos laborales de los(as) trabajadores(as).
FLUJOGRAMA DEL PROCESO DE INVESTIGACIÓN Y RESPONSABLES:
Syncore ha definido una gobernanza en los procesos internos de investigación, asignando como áreas y roles responsables de los procesos internos según lo siguiente:
Canal de Denuncias:
A través del presente canal se pueden promover diversos temas asociados a ética, cumplimiento y, respecto de temáticas laborales, aquellas asociadas a acoso sexual, laboral o violencia en el trabajo.
En estos últimos temas la persona denunciante debe individualizarse, es decir, no se procesan denuncias anónimas en estos asuntos. Lo anterior, por disposición normativa.












